Las denominadas integrales impropias son una clase especial de integrales definidas (integrales de Riemann) en las que el intervalo de integración o la función en el integrando o ambos presentan ciertas particularidades. Las integrales impropias no son realmente una nueva forma de integrales, sino una extensión natural a las propiedades de la integral y un replanteamiento de nuestro concepto de área bajo la curva.

1.- a = -
o b =
a = -
y b = 




2.-
no es acotada en alguno de los puntos de
dichos puntos se llaman singularidades de 



Existes diversos tipos de integrales impropias las cuales definiremos a continuación:







Cuando los límites, en las definiciones anteriores, existen, se dice que la integral es convergente, en caso contrario, se dice que la integral es divergente.
Principales definiciones y teoremas
Definición 1 Sea una función
integrable Riemann en cualquier intervalo
. Si existe el límite
diremos que existe la integral impropia
en
que converge a
y escribiremos
Si no existe el
anterior diremos que la integral impropia
diverge.
Análogamente se pueden definir las integrales impropias en
.
Definición 2 Sea
una función integrable en cualquier intervalo
,
. Si existe el límite
diremos que existe la integral impropia de segunda especie
en
que converge a
y escribiremos
Si no existe el
anterior diremos que la integral impropia
diverge. Observación: Obviamente ambas definiciones se pueden unificar en una única
Definición 3 Sea una función
integrable Riemann en cualquier intervalo
. Si existe el límite
diremos que existe la integral impropia
en
que converge a
y escribiremos
Si no existe el
anterior diremos que la integral impropia
diverge.
Teorema 1 Criterio de comparación para las integrales impropias. Sean
y
dos funciones integrables en cualquier intervalo
tales que
Entonces si la integral
es convergente, la integral
también lo es, y si
es divergente, entonces
también será divergente.
Teorema 2 Criterio de Abel-Dirichlet para las integrales impropias.
Sean
y
dos funciones integrables en cualquier intervalo
y sea
una función monótona. Entonces, para que la integral impropia
converja es suficiente que se cumplan cualquiera de las dos siguientes pares de condiciones:
a)
converja y
acotada en
, o
b)
este acotada para todo
y
converja a cero cuando
.
Algunos ejemplos resueltos:


La integral converge a 1.


La integral converge a




La integral converge a 2.


La integral converge a
Aquí algunos vodeos respecto a nuestro tema:
Definición 1 Sea una función

![$[a,t]\subset[a,b)$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img308.png)

diremos que existe la integral impropia




Si no existe el


Análogamente se pueden definir las integrales impropias en
![$(-\infty,a]$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img314.png)
Definición 2 Sea

![$[a,t]\subset[a,b)$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img308.png)


diremos que existe la integral impropia de segunda especie




Si no existe el


Definición 3 Sea una función

![$[a,t]\subset[a,b)$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img308.png)

diremos que existe la integral impropia




Si no existe el


Teorema 1 Criterio de comparación para las integrales impropias. Sean


![$[a,t]\subset[a,b)$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img308.png)

Entonces si la integral




Teorema 2 Criterio de Abel-Dirichlet para las integrales impropias.
Sean


![$[a,t]\subset[a,b)$](http://euler.us.es/%7Erenato/clases/programa/img308.png)


a)



b)




Algunos ejemplos resueltos:


La integral converge a 1.


La integral converge a





La integral converge a 2.


La integral converge a

Aquí algunos vodeos respecto a nuestro tema:
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